Medidas de simplificación administrativa y los formatos de los trámites a cargo PROFEPA

Medidas de simplificación administrativa y los formatos de los trámites a cargo PROFEPA.


La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el 07 de octubre 2022, a través del DOF, el ACUERDO por el que se dan a conocer las medidas de simplificación administrativa y se expiden los formatos de los trámites que se indican, a cargo de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, mismo en el que se describe lo siguiente:

La Ley General de Mejora Regulatoria, en su artículo 84 establece que los Trámites y Servicios previstos en leyes o reglamentos, podrán ser simplificados, mediante acuerdos generales que publiquen los titulares de los Sujetos Obligados, en su respectivo ámbito de competencia en el medio de difusión correspondiente, conforme a lo siguiente:
I. Habilitar el uso de herramientas electrónicas para la presentación de Trámites y Servicios.
I. Establecer plazos de respuesta menores a los máximos previstos.
V. Implementar cualquier otra acción de mejora a los Trámites y Servicios de su competencia.

En este sentido la SEMARNAT da a conocer los trámites a cargo de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente que serán modificados como consecuencia de la mejora regulatoria son los que a continuación se indican:


Se reducen los plazos de atención de los trámites (Artículo Tercero):

II. PROFEPA-03-004-D. Registro de Verificación. Modalidad D. RV-RMP-1 materiales y residuos peligrosos cuya finalidad sea el comercio, la industrialización, la reutilización, el reciclaje, el co-procesamiento o el tratamiento de los mismos. Pasando de 90 a 72 días naturales.

Los formatos contenidos en el Anexo Único del presente Acuerdo podrán emplearse y reproducirse por cualquier medio, con la finalidad de que los interesados los utilicen en los trámites correspondientes, siempre que no se altere su contenido. (Artículo Quinto.)
-A partir de su entrada en vigor deberán utilizarse los formatos a que se refiere el presente instrumento.
-Los trámites ingresados con anterioridad a la publicación del presente Acuerdo, se resolverán de conformidad con la normatividad aplicable vigente en el momento de su presentación.
-Quedan sin efecto, los formatos que se dieron a conocer en el Anexo I del "Acuerdo por el que se dan a conocer los formatos e instructivos de los trámites que se indican" publicado en el DOF el 25 de septiembre de 2012.

El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, por lo que a partir de su entrada en vigor deberán utilizarse los formatos a que se refiere el presente.


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