Resumen 3era RMRGCE 2023
Resumen 3era RMRGCE 2023.
El pasado 25 de Julio del presente fue publicada la Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023 y anexos 2, 4, 21, 22 y 27 y posteriormente el pasado 03 de agosto fue publicado en el DOF modificación al anexo 1, es por ello que compartimos con ustedes un breve resumen de las modificaciones más relevantes.
I. Glosario de acrónimos y definiciones:
-
Se modifica el acrónimo de CTPAT eliminándole el guion.
-
Definición de Ventanilla Digital: La prevista en el "Decreto por el que se establece la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior", publicado en el DOF el 14 de enero de 2011 y sus posteriores modificaciones, que se ubica en la página electrónica www.ventanillaunica.gob.mx.
II. Modificaciones:
1. 2.1.3 Declaración aduanera de dinero: Se elimina la referencia de traducción al francés al formato D3 “Declaración de dinero salida de pasajeros” Vigencia:25-08-23.
2. 3.1.29 Uso de Aduanas exclusivas (Anexo 21) Se adiciona a la Aduana AIFA para importación definitiva de vehículos usados.
3. 3.3.12 Autorización para la donación de mercancías al Fisco Federal que se encuentren en el extranjero y su importación, a través de Ventanilla Digital:
-
Se adiciona una mejora a la descripción de la fracción XII “equipo médico e insumos para la salud”.
-
Se elimina que los autorizados tengan la posibilidad de dar las mercancías recibidas en donación un tercero.
4. 3.5.14 Pago de aprovechamiento Vehículos usados: Clave - Concepto de Pago, seleccionar la clave: 700203 Regularización de vehículos usados de procedencia extranjera. Antes: “700163- Aprovechamiento. Medida de transición temporal”.
5. 3.7.24 Presentación de recursos de revocación: Se hace distinción de las autoridades.
-
Para efectos del SAT: presentación en línea (buzón tributario).
-
Para efectos de ANAM la presentación de la Dirección General Jurídica de Aduanas mismas en la cual se realizará de forma física.
6. 5.11 DTA y casos en los que no se está obligado a su pago: Se elimina referencia de la regla 3.3.18 por haberse derogado.
7. 7.1.4 Requisitos que deberán acreditar los interesados en obtener la modalidad de Comercializadora e Importadora u Operador Económico Autorizado y 7.1.5 Requisitos que deberán cumplir los interesados en obtener la modalidad de Socio Comercial Certificado:
Se modifica acrónimos CTPAT.
8. 7.2.7 Destino de las mercancías importadas por empresas con Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad IVA e IEPS, expirado o cancelado: se precisa que deberán determinarse y pagarse (con actualizaciones y recargos) los montos del IVA e IEPS.
9. Reforma a Transitorio Primero, fracción II de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023, publicadas en el DOF el 27 de diciembre de 2022: Prorroga de la presentación del Complemento carta porte para efectos aduaneros.
10. Transitorio Cuarto: Cambio de Anexo 1 en el perfil de seguridad OEA O Socio Comercial Certificado deberán presentar a los 6 meses:
a) A partir de la publicación (presentación a mas tardar el 26-01-24).
b) Quienes estén en trámite una vez que se les otorgue el registro.
III. Derogaciones:
-
3.3.18 (importación de mercancías donadas a favor de las entidades gubernamentales: SALUD, SEDENA, SEMAR, INSABI, IMSS, ISSSTE y Birmex);
-
3.3.19 (importación de menaje de casa durante la emergencia sanitaria COVID-19);
-
3.7.34 (procedimiento simplificado para importaciones realizadas por las entidades gubernamentales: SALUD, SEDENA, SEMAR, INSABI, IMSS, ISSSTE y Birmex).
IV. Anexos:
-
Anexo 2:
-
Fichas 6/LA “Aumento o disminución de sectores en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos”.
-
7/LA “Solicitud para dejar sin efectos la suspensión en el Padrón de Importadores, Padrón de Importadores de Sectores Específicos o ambos o, en su caso, de un sector o sectores específicos de este último”.
-
Mercancías clasificadas en las fracciones arancelarias y NICO 2207.10.01 00 y 2207.20.01 00 escrito libre firmado por el representante legal manifestando el uso que se le dará a la mercancía, se elimina el requisito de solicitar permisos a la Secretaría de Energía.
-
Se relaciona la página electrónica para dar seguimiento a los casos de aclaración: https://wwwmat.sat.gob.mx/operación/operación/66288/consulta-tus-aclaraciones-como-contribuyente
-
129/LA “Autorización de donación de mercancías al Fisco Federal que se encuentren en el extranjero a través de Ventanilla Digital (artículo 61, fracción XVII de la Ley)”, se adicionan los vehículos.
2. Anexo 4:
-
Se modifica el horario de operación de la Aduana de Piedras Negras, para que dar como sigue: Exportación (distinta de FF.CC): domingos de 10:00 a 14:00 horas, e Importación (distinta de FF.CC): Domingos Cerrado.
3. Anexo 21 Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de determinado tipo de mercancías: Adición del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles para los productos:
a) Productos radiactivos y nucleares.
b) Precursores químicos.
c) Bebidas alcohólicas.
d) Importación definitiva de combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación, materias bituminosas y ceras minerales.
e) Tequila.
4. Anexo 22:
-
Apéndice 8 (identificadores) MV (año-modelo del vehículo): Se adiciona un Complemento 3 (número de Registro de empresas proveedoras de antecedentes de vehículos usados.
-
Identificador a nivel partida “UM” (uso de la mercancía). Se adiciona texto a la clave “B” (Vehículos automotores nuevos blindados cuando no existan vehículos sin blindar que correspondan al mismo modelo, año y versión del automóvil blindado, conforme al artículo 2, párrafo segundo de Ley del ISAN.
5. Anexo 27:
-
Se deroga el capítulo 27, que sólo contenía a la fracción arancelaria 2703.00.02 Turba, incluso aglomerada.
-
Se deroga la fracción arancelaria 3824.99.37 preparación a base de vermiculita y turba, con o sin perlita del capítulo 38.
Se elimina el supuesto de equipo para integrarse a invernaderos hidropónicos (LIVA 2-A, fracción I, inciso g), para exentar el pago del IVA en las fracciones arancelarias: 8413.20.01; 8413.70.99; 8413.81.99 y 8414.59.99.
e-learning en Comercio Exterior con AudiCo
Permítenos ser tu aliado virtual en tu empresa IMMEX.
Foreign Trade Labs es la plataforma digital para la comunidad de los que buscan más conocimiento en Comercio Exterior.
Aprende de los mejores y forma parte de la mayor comunidad que busca impulsar a las IMMEX en México en la generación de más Cumplimiento en el Comercio Exterior.
Al ser miembro, recibirás de manera recurrente los siguientes beneficios:
-
Webinars / Cursos
-
PowerClass
-
Tutoriales
-
e-Books
-
Asesor Virtual
-
Sesiones Q&A
-
FAQ’s
-
Blog
-
Mesas de Discusión
