Secretaría de Economía publica listado de 441 empresas IMMEX suspendidas por incumplimiento del RAOCE 2025

El 30 de junio de 2026, la Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación el Aviso mediante el cual da a conocer los nombres de los titulares y números de Programa IMMEX suspendidos por falta de presentación del Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior (RAOCE) correspondiente al ejercicio fiscal 2025. En total, 441 empresas fueron suspendidas por no cumplir con esta obligación anual.

La publicación representa una de las verificaciones anuales que realiza la autoridad conforme al artículo 29 del Decreto IMMEX, mediante la cual valida que las empresas continúen cumpliendo con las obligaciones necesarias para conservar los beneficios del programa.

¿Por qué fueron suspendidas?

De conformidad con el artículo 25 del Decreto IMMEX, todas las empresas con Programa IMMEX deben presentar anualmente, a más tardar el último día hábil de mayo, el Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior (RAOCE), informando las ventas totales y exportaciones correspondientes al ejercicio fiscal inmediato anterior.

Al no presentar dicho reporte dentro del plazo establecido, la Secretaría de Economía suspendió temporalmente los programas IMMEX de las empresas listadas en el Aviso.

¿Qué implica la suspensión?

Mientras permanezca suspendido el Programa IMMEX, la empresa:

  • No podrá realizar importaciones temporales al amparo de su Programa IMMEX.

  • Ve limitado uno de los principales beneficios del esquema de fomento.

  • Puede afectar la continuidad de sus operaciones de manufactura y exportación.

  • Incrementa el riesgo de incumplimientos contractuales y operativos derivados de la imposibilidad de importar temporalmente mercancías.

Es importante señalar que la suspensión no constituye todavía la cancelación definitiva del programa.

¿Existe posibilidad de regularizarse?

Sí, las empresas incluidas en el listado cuentan con plazo hasta el último día hábil de agosto de 2026 para presentar el RAOCE correspondiente al ejercicio fiscal 2025.

Una vez presentado correctamente el reporte, la Secretaría de Economía dejará sin efectos la suspensión dentro de los dos días hábiles siguientes al cumplimiento de la obligación.

¿Qué sucede si no se regulariza?

Si la empresa no presenta el RAOCE dentro del plazo extraordinario otorgado, el Programa IMMEX será cancelado definitivamente a partir del 1 de septiembre de 2026, conforme al artículo 25 del Decreto IMMEX.

Recordatorio sobre la verificación anual del artículo 29

Además de revisar la presentación del RAOCE, la Secretaría de Economía verifica anualmente que las empresas IMMEX continúen cumpliendo diversos requisitos previstos en el Decreto IMMEX, entre ellos: RFC activo, e.firma vigente, domicilios fiscales y operativos activos ante el SAT, opinión positiva de cumplimiento fiscal y no encontrarse en los listados de los artículos 69 y 69-B del Código Fiscal de la Federación, salvo las excepciones previstas.

El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos también puede dar lugar a la suspensión del Programa IMMEX.

Recomendaciones para las empresas IMMEX

Ante esta publicación, resulta recomendable que las empresas:

  • Verifiquen si aparecen dentro del listado publicado por la Secretaría de Economía.

  • Presenten inmediatamente el RAOCE si aún no lo han realizado.

  • Revisen que mantienen vigentes todos los requisitos del artículo 11, fracción III del Decreto IMMEX.

  • Confirmen que su información fiscal y registral ante el SAT se encuentra actualizada.

  • Den seguimiento hasta obtener la reactivación del Programa IMMEX.

Comentarios AudiCo

La publicación de 441 empresas suspendidas demuestra que la autoridad mantiene un seguimiento puntual al cumplimiento de las obligaciones administrativas de los programas de fomento. El RAOCE no debe verse únicamente como un trámite anual, sino como un requisito indispensable para conservar la continuidad operativa del Programa IMMEX. Una omisión puede traducirse en la suspensión inmediata de los beneficios del programa y, de no regularizarse oportunamente, en su cancelación definitiva, afectando directamente la operación de comercio exterior de la empresa.s siglas en inglés), derivado de la notificación realizada por México al depositario del tratado el pasado 23 de abril de 2026. Como consecuencia, la Secretaría de Economía publicó un Acuerdo mediante el cual se actualiza el instrumento que regula las tasas arancelarias preferenciales aplicables a las mercancías originarias de los países miembros del CPTPP, incorporando formalmente al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte dentro de los beneficios arancelarios del tratado.


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