Activos fijos a reparación: la guía que toda empresa IMMEX debería conocer

En algunas ocasiones los Activos Fijos nos generan conflicto al momento de repararlos, ya sea por que el proveedor original no hace reparaciones o sustituciones o por que no se encuentra un proveedor en territorio nacional, para ello estos son los escenarios posibles a utilizar para la reparación de tus Activos Fijos:

Para lo anterior, debemos definir primeramente de qué manera se adquirió el Activo Fijo el cual puede ser:

  • Importado de manera Temporal

  • Importado de manera Definitiva

  • Comprados a través de un Proveedor Nacional

Para el caso de los Activos Fijos importados temporalmente tenemos las siguientes opciones:

A. Exportación al extranjero: Mediante clave de pedimento “BO” exportación temporal para reparación o sustitución y retorno al país (IMMEX, RFE u Operador Económico Autorizado)

Particularidades:

  • Se utiliza la clave tanto a la exportación como a la importación

  • Plazo de permanencia en el extranjero hasta por dos años

  • Plazo ampliable hasta por otros dos años mediante rectificación al pedimento original

  • Pago de contribuciones aplicables

B. Transferencia Virtual: Se realiza por medio de clave de pedimento V1

Particularidades.

•  Plazo de permanencia de seis meses, salvo empresas certificadas.

• Transferencia a empresas certificadas, siempre y cuando esté dentro de sus actividades la reparación del tipo de maquinaria o se dedique al mismo rubro.

•  Empresas con ampliación a servicios de su programa IMMEX

 

A. Aviso de Traslado:

Particularidades:

• Presentar el formato correspondiente ante la AGACE o a través de VUCEM

• Realizar el traslado de mercancías a otras empresas con programa IMMEX.

• Realizar el traslado de mercancías a empresas que no cuenten con programa IMMEX.

• Amparar el transporte de las mercancías mediante copia del Aviso de Traslado y demás documentación aplicable.

• Mantener las mercancías fuera del domicilio fiscal por un plazo máximo de seis meses.

• Solicitar una prórroga de hasta seis meses adicionales mediante la presentación del aviso correspondiente, indicando el motivo que la justifique.

• Presentar el formato B10 de conformidad con lo establecido en la ficha de trámite 59/LA.

• Registrar al proveedor bajo el esquema de submanufactura.

• Realizar la reparación únicamente cuando la empresa encargada de efectuarla tenga dentro de su objeto o actividades la reparación del tipo de maquinaria de que se trate, o bien, pertenezca al mismo giro o sector de actividad.

 

Tratamiento de activos fijos importados definitivamente o adquiridos en territorio nacional

Para los activos fijos importados de manera definitiva o adquiridos mediante un proveedor nacional que sean enviados a reparación, la empresa podrá utilizar un contrato de comodato como documento de soporte para acreditar la posesión temporal del bien durante su traslado y permanencia en las instalaciones del prestador del servicio. Dicho contrato deberá complementarse con la documentación que acredite la propiedad o legal estancia de la mercancía, según corresponda.

Aplica para:

•  Activos Fijos importados de manera definitiva.

•  Activos Fijos que se les haya realizado un Cambio de Régimen (Temporal a Definitivo).

•  Activos Fijos adquiridos por compra nacional.

 

Requisitos e información que se debe incluir en el contrato:

• Señalar la razón social, RFC y domicilio de ambas partes.

• Referir los datos del pedimento correspondiente.

• Incluir la descripción de las mercancías objeto de la operación.

• Indicar los datos de identificación de las mercancías.

• Adjuntar copia del pedimento de importación y de la factura comercial.

• Contar con la firma de ambas partes que intervienen en el contrato.

• Tratándose de adquisiciones nacionales, señalar el folio y la fecha del comprobante correspondiente.

• Proporcionar la factura que ampare la operación.

 

Conclusión

La alternativa para enviar un activo fijo a reparación dependerá principalmente del régimen aduanero bajo el cual se encuentre la mercancía y del tipo de proveedor que realizará el servicio. En el caso de activos fijos importados temporalmente, las empresas IMMEX cuentan con diversas opciones, como la exportación temporal para reparación, las transferencias virtuales o los avisos de traslado, cada una con requisitos y plazos específicos que deben observarse. Por su parte, cuando se trate de activos fijos importados definitivamente o adquiridos en territorio nacional, resulta recomendable contar con documentación que permita acreditar tanto la propiedad o posesión del bien como el motivo de su traslado.

Es importante que las empresas mantengan evidencia documental suficiente de estas operaciones, ya que durante actos de comprobación o revisiones en tránsito la autoridad puede requerir elementos que acrediten la legal estancia, tenencia o traslado de los activos fijos. Una gestión documental adecuada contribuye a reducir contingencias operativas y facilita la atención de cualquier requerimiento por parte de las autoridades competentes.

 

Fundamento Legal

Las disposiciones aplicables a este tipo de operaciones se encuentran previstas en los artículos 108, 112 y 117 de la Ley Aduanera; artículo 166 de su Reglamento; artículos 4 y 8 del Decreto IMMEX; reglas 4.3.6., 4.3.21., 5.2.4. y 5.2.5. de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026; Anexo 22 y su Apéndices 2 y 8 de las citadas Reglas; así como en la regla 3.2.18. y el Anexo 3.2.2. de las Reglas y Criterios de la Secretaría de Economía, ordenamientos que regulan, entre otros aspectos, la importación temporal de mercancías, los procesos de reparación, mantenimiento y submanufactura, así como las obligaciones documentales y operativas aplicables a las empresas IMMEX.

 

 



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