Manifestación de Valor Electrónica en mercancías en consignación: criterios clave y buenas prácticas de cumplimiento
La correcta transmisión de la Manifestación de Valor Electrónica se ha convertido en un elemento esencial dentro del cumplimiento aduanero para empresas que operan bajo esquemas IMMEX, especialmente cuando se trata de mercancías en consignación o sin un pago directo al momento de la importación.
En la práctica, uno de los principales retos para las empresas radica en asegurar que la información declarada sea consistente, completa y congruente con la naturaleza real de la operación, así como con el resto de la documentación aduanera (COVE, pedimento, contrato y documentos soporte).
A partir del análisis de criterios operativos y buenas prácticas en este tipo de operaciones, se recomienda lo siguiente:
1. Tratamiento del valor en operaciones en consignación
Cuando las mercancías ingresan bajo un esquema de consignación, no necesariamente existe un pago inmediato. Sin embargo, esto no exime la obligación de declarar el valor correctamente dentro de la Manifestación de Valor.
En estos casos, el valor debe registrarse en el apartado correspondiente al “precio por pagar”, asegurando que la información sea coherente con la operación y con los documentos que sustentan la importación.
2. Uso correcto del “precio pagado” y “precio por pagar”
Una de las principales áreas de error en la práctica es la confusión entre estos conceptos.
Como regla general:
El campo de precio pagado no debe utilizarse cuando no existe una transacción de pago al momento de la importación.
El campo de precio por pagar es el adecuado cuando el valor de la mercancía será determinado o liquidado posteriormente o bajo condiciones contractuales específicas como consignación.
La correcta clasificación de estos campos es clave para evitar inconsistencias en el análisis de la autoridad.
3. Consistencia en la forma de pago
En operaciones de consignación o esquemas similares, la forma de pago debe reflejar la realidad de la operación.
Se recomienda utilizar la opción de “otro tipo de pago”, acompañada de una descripción clara que indique que se trata de mercancía en consignación o bajo contrato IMMEX, según corresponda.
Esto permite dar trazabilidad a la operación y evita interpretaciones erróneas durante revisiones posteriores.
4. Claridad en el momento del pago
Cuando no existe un pago en el momento de la importación, es recomendable incluir una descripción o leyenda explicativa que permita contextualizar la operación.
Por ejemplo, señalar que se trata de mercancía en consignación bajo contrato de maquila, donde el pago no se realiza de manera directa o inmediata.
La claridad en este punto contribuye a fortalecer la documentación soporte del expediente aduanero.
5. Integración de documentación soporte
La autoridad espera que la Manifestación de Valor esté respaldada por documentación suficiente y consistente con la operación declarada.
Entre los documentos más relevantes se encuentran:
Facturas o documentos equivalentes
En su caso, orden de compra.
Contratos de maquila o consignación
COVE relacionados
Pedimentos
Packing list o documentación logística
Cartas explicativas cuando aplique
La integridad documental es un elemento clave para la defensa del valor declarado.
6. Relación entre COVE y Manifestación de Valor
Es posible que una sola Manifestación de Valor agrupe más de un COVE, siempre que exista consistencia entre la información declarada y las operaciones asociadas.
Lo importante es garantizar que la trazabilidad entre documentos sea clara y verificable.
En conclusión, el correcto llenado de la Manifestación de Valor Electrónica en operaciones de consignación no depende únicamente de la captura en sistema, sino de la correcta interpretación de la naturaleza de la operación.
Fundamento Legal
Las disposiciones aplicables a este tipo de operaciones se encuentran previstas en los artículos 59, fracción III de la Ley Aduanera y reglas 1.5.1., 1.9.16. y 1.9.17., 1.1.2. y 6.2.1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026
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