1ra Resolución de Modificaciones a los Anexos 5, 22 y 29 de las RGCE 2026

El 20 de mayo de 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Primera Resolución de Modificaciones a los Anexos 5, 22 y 29 de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) 2026, incorporando ajustes relevantes en criterios aduaneros, el régimen de Recinto Fiscalizado Estratégico (RFE) y las regulaciones no arancelarias.

Principales cambios

1. Derogación del criterio 5/LA/PI

  • Se elimina el criterio “5/LA/PI” relativo a mercancías textiles y calzado destinadas al régimen RFE.

  • Este cambio se da debido a modificaciones previas al Anexo 29, mediante las cuales se estableció que las mercancías de los capítulos 50 al 64 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos de Importación y de Exportación (LIGIE) ya no podrán destinarse a dicho régimen.

  • La derogación busca prevenir operaciones donde las mercancías ingresaban a RFE bajo esquemas de transformación, almacenaje o custodia, y posteriormente se extraían conservando sus características originales, evitando cumplir obligaciones de importación definitiva.

2. Prácticas indebidas detectadas
El SAT identificó conductas que pueden considerarse irregulares, tales como:

  • Introducir mercancías textiles o calzado terminados al régimen RFE simulando procesos de transformación o reparación.

  • Extraer mercancías declarando clasificaciones arancelarias distintas a las originalmente ingresadas.

  • Utilizar beneficios del régimen para evadir contribuciones y obligaciones de importación definitiva.

  • Asesorar o participar en operaciones que simulen cumplimiento normativo.

Estas conductas pueden derivar en infracciones a la Ley Aduanera, así como posibles delitos de contrabando y defraudación fiscal, especialmente en casos de omisión de contribuciones, cuotas compensatorias o declaración inexacta de mercancías. También existe riesgo de suspensión o cancelación de patente para agentes y agencias aduanales involucradas.

3. Modificaciones al Anexo 22

  • Se adicionan ajustes relacionados con regulaciones y restricciones no arancelarias, incluyendo la incorporación de la clave “AL” para el aviso automático de importación de aluminio dentro del instructivo del pedimento.

Implicaciones para las empresas

Las modificaciones fortalecen el control sobre operaciones realizadas bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico, particularmente en sectores sensibles como textil y calzado. Asimismo, incrementan el nivel de fiscalización sobre clasificación arancelaria, permanencia de mercancías y correcta aplicación de beneficios aduaneros. En este contexto, las empresas deberán reforzar sus mecanismos de cumplimiento, trazabilidad documental y validación operativa para mitigar riesgos fiscales, aduaneros y penales.


 

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