Alerta CIVA: ¿Ya recibiste tu oficio de renovación? No todas las fracciones declaradas podrían ser reconocidas
Durante los últimos meses se ha observado un retraso generalizado en la emisión de oficios de resolución correspondientes a renovaciones del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad IVA e IEPS.
Sin embargo, en casos recientes AudiCo ha identificado un elemento relevante que las empresas certificadas deben considerar: dentro de los oficios de renovación, la autoridad está incorporando el análisis de las fracciones arancelarias reportadas mediante los avisos de adición de mercancías relacionadas con los procesos productivos. Por lo anterior, las empresas IMMEX certificadas en IVA e IEPS deben prestar especial atención a las fracciones arancelarias señaladas en sus próximos oficios de renovación.
¿Qué estamos observando?
En resoluciones recientes, la autoridad está relacionando las fracciones arancelarias que considera vinculadas con los procesos productivos o de prestación de servicios manifestados por la empresa.
El punto de atención es que no necesariamente todas las fracciones previamente reportadas por la empresa están siendo incluidas.
Esto puede significar que, a criterio de la autoridad, determinadas mercancías no guardan relación con los procesos productivos o de servicios previamente dados a conocer, por lo que resulta indispensable revisar detalladamente el contenido del oficio una vez recibido.
¿Por qué es importante?
La Regla 7.2.1., fracción X de las RGCE 2026 establece que, cuando una empresa certificada requiera introducir mercancías adicionales a las señaladas originalmente en la descripción de sus procesos productivos o prestación de servicios, deberá presentar el aviso correspondiente al menos un mes previo a su introducción a territorio nacional.
Por ello, recomendamos que al recibir el oficio de renovación se realice inmediatamente una conciliación entre:
Las fracciones arancelarias actualmente utilizadas en las operaciones.
Las fracciones históricas y las posteriores incluidas en los avisos presentados ante la autoridad.
Las fracciones reconocidas o relacionadas dentro del nuevo oficio.
Las fracciones omitidas que la empresa todavía pretenda utilizar.
Si alguna fracción no aparece en el oficio, deberá analizarse si:
1. Ya no se utiliza actualmente, por lo que su ausencia no representa un impacto operativo inmediato; o
2. Continúa siendo necesaria para futuras importaciones, en cuyo caso será necesario revisar el motivo de su exclusión y determinar las acciones correspondientes antes de continuar utilizándola al amparo de los beneficios de la Certificación IVA e IEPS.
Especial atención: empresas que aún no presentan su aviso de fracciones históricas
Las empresas que cuentan con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad IVA e IEPS, y que aún no han presentado el aviso correspondiente a las fracciones arancelarias utilizadas históricamente desde el inicio de su certificación y hasta la fecha, deben revisar su situación de manera inmediata.
La relevancia de este aviso cobra mayor importancia ante los oficios de renovación que actualmente está emitiendo la autoridad, en los cuales se están identificando las fracciones que considera vinculadas con los procesos productivos de la empresa.
Por ello, la falta de presentación de los avisos establecidos en la Regla 7.2.1. constituye una causal prevista dentro de la Regla 7.2.4. de las RGCE para el inicio del procedimiento de cancelación del Registro, además de que la autoridad puede formular requerimientos cuando detecte incumplimientos relacionados con la Certificación.
Derivado de lo expuesto en el párrafo anterior, no se debe de tomar a la ligera la presentación y actualización de estos avisos.
¿Mi certificación pierde vigencia mientras espero el oficio?
No necesariamente.
Tratándose de renovaciones presentadas correctamente y dentro del plazo correspondiente, la Regla 7.2.3. de las RGCE 2026 establece que:
“El registro se tendrá por renovado al día hábil siguiente a la fecha del acuse de recepción del aviso…”
Por lo tanto, la continuidad de la vigencia no depende de esperar físicamente el oficio de resolución; sin embargo, una vez que éste sea emitido, será fundamental revisar detalladamente su contenido y cualquier pronunciamiento relacionado con las fracciones arancelarias correspondientes a la empresa.
Recomendación AudiCo
Una vez recibido el oficio en comento, realice una revisión puntual de las fracciones reconocidas por la autoridad y compárelas contra su operación actual y futura.
Una fracción omitida puede no representar un problema si la empresa dejó de utilizarla; pero si corresponde a mercancías que continúan formando parte de su proceso productivo, la situación debe identificarse antes de realizar nuevas operaciones bajo los beneficios de la Certificación IVA e IEPS.
El oficio de renovación hoy requiere una precaución de cumplimiento documental que podría poner en juego su operación o la continuidad de su Certificación IVA e IEPS.
¿Tu empresa está preparada para una visita de la autoridad?
En AudiCo realizamos un Simulacro de vista de la Certificación OEA/C-TPAT, consiste en una simulación de una visita de cumplimiento de la certificación, para identificar áreas de mejora en tu equipo, procesos e información.
✅ Análisis de procesos y documentación para detectar vulnerabilidades.
✅ Identificación de riesgos y posibles sanciones.
✅ Plan de acción personalizado para fortalecer tu cumplimiento.