Anexo 2 de las RGCE para 2026
El 12 de enero de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Anexo 2 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026, el cual concentra los trámites, avisos, solicitudes y promociones que los usuarios de comercio exterior deben presentar ante el SAT y la ANAM.
Este Anexo detalla, para cada trámite, entre otros aspectos:
Requisitos documentales aplicables
Canales y medios de presentación
Plazos de resolución
Autoridad competente
Fundamento jurídico
Para 2026, el Anexo 2 trasciende una simple actualización editorial y consolida ajustes operativos derivados de:
La reforma a la Ley Aduanera
La alineación con el Código Fiscal de la Federación (CFF), la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) y la Ley Federal de Derechos (LFD)
La digitalización y estandarización de trámites a través del Portal del SAT y Mi Portal
I. Cambios relevantes detectados en 2026
Mayor precisión en requisitos y validaciones
Se refuerzan los estatus fiscales obligatorios:
RFC activo
Domicilio fiscal “Localizado”
Buzón tributario “Validado”
Mayor énfasis en:
Opinión de cumplimiento positiva
Actualización de socios, accionistas y representantes legales
II. Claridad en plazos y efectos de la autoridad
En 2026 se refuerza:
El cómputo de plazos conforme a lo dispuesto en el artículo 12 del Código Fiscal de la Federación.
Los trámites previstos en el Anexo 2 de las RGCE para 2026 se sujetan a los plazos de resolución establecidos en dicho Anexo y, de manera supletoria, a lo previsto en el artículo 37 del Código Fiscal de la Federación, relativo a la figura de la negativa ficta.
La obligación de atender requerimientos de la autoridad dentro de plazos estrictos, generalmente de 10 días, bajo apercibimiento de que el trámite se tenga por no presentado o se emita resolución en sentido desfavorable.
III. Digitalización y control de trámites
El Anexo 2 de las RGCE para 2026 refuerza el uso obligatorio de plataformas digitales, entre ellas:
Portal del SAT
Mi Portal
e.firma y e.firma portable
Asimismo, se precisan con mayor claridad los criterios técnicos de presentación, tales como:
Formato PDF
Tamaño máximo de archivos
Prohibición de documentos duplicados, incompletos o en blanco
Impacto operativo: Errores de carácter técnico pueden derivar en la improcedencia del trámite, aun cuando el fondo del mismo sea correcto.
IV. Actualización de fichas de trámite
Derivado de las nuevas obligaciones asociadas a la reforma a la Ley Aduanera y a la emisión de las RGCE 2026, algunos trámites presentan ajustes en su descripción o alcance operativo.
Adicionalmente, en 2026 se incorpora una nueva ficha de trámite, inexistente en el Anexo 2 RGCE 2025:
Ficha 150/LA – Presentación de la información relativa a la evolución patrimonial de agentes aduanales
La inclusión de esta ficha formaliza un mecanismo específico de reporte, reforzando los esquemas de control, transparencia y supervisión aplicables a los agentes aduanales.
Mensaje clave: En 2026, el riesgo ya no se concentra únicamente en la operación aduanera, sino en la preparación fiscal y documental previa al inicio de cualquier trámite.
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