Decreto Estímulos Fiscales Plan México
El 21 de marzo de 2025, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo que establece los Lineamientos para la aplicación del Decreto que otorga estímulos fiscales en apoyo a la estrategia nacional "Plan México". Este programa busca fomentar nuevas inversiones, promover programas de capacitación dual e impulsar la innovación. A continuación, te presentamos los aspectos más relevantes del acuerdo:
Objetivo del Acuerdo
Emitir los lineamientos operativos para acceder a los estímulos fiscales establecidos en el Decreto del 21 de enero de 2025, cuyo propósito es:
- Fomentar nuevas inversiones. 
- Impulsar la educación dual. 
- Promover la innovación tecnológica en el país. 
¿Quiénes pueden participar?
Personas físicas o morales que:
- Presenten proyectos de inversión en México. 
- Cumplan los requisitos fiscales y laborales. 
- Participen en programas de capacitación dual o innovación. 
- Obtengan la Constancia de cumplimiento emitida por el Comité de Evaluación. 
Tipos de proyectos elegibles
- Inversión en bienes nuevos de activo fijo. 
- Proyectos de innovación y desarrollo de invenciones susceptibles de protección por patente o modelos de utilidad. 
- Proyectos de obtención de certificaciones iniciales. 
- Convenios de colaboración con instituciones educativas para implementar programas de educación dual. 
Comité de Evaluación
Órgano responsable de:
- Evaluar los proyectos. 
- Emitir o revocar las constancias de cumplimiento. 
- Determinar el monto del estímulo por contribuyente. 
Está integrado por:
- SHCP (Presidencia del Comité). 
- Secretaría de Economía. 
- Consejo Asesor de Desarrollo Económico Regional y Relocalización (CADERR). 
Requisitos clave para obtener la constancia
- Opinión positiva de cumplimiento fiscal (SAT). 
- Firma electrónica avanzada (e.firma). 
- Presentación de proyectos técnicos y documentación de soporte. 
- Convenio con la SEP (en caso de educación dual). 
- Declaraciones fiscales de los últimos tres años o proyección si es empresa de nueva creación. 
Vigencia de la constancia
Desde su emisión hasta:
- El término del proyecto de inversión o convenio. 
- Como fecha límite: 30 de septiembre de 2030. 
Revocación de beneficios
La constancia puede revocarse si:
- Se detecta información falsa. 
- Se incumplen requisitos o compromisos. 
- El contribuyente no corrige su situación fiscal tras la revocación. 
Medios de presentación
- Presencial: Unidad de Política de Ingresos Tributarios (Palacio Nacional, CDMX). 
- Correo electrónico: constanciaplanmexico@hacienda.gob.mx 
Tiempos estimados del trámite
- Revisión inicial: 6 días hábiles. 
- Evaluación: 30 días hábiles. 
- Emisión de constancia: 7 días hábiles. 
- Máximo 3 meses para recibir respuesta; si no, se entiende como negativa. 
Finalmente, este esquema representa una gran oportunidad para aquellas empresas que:
- Buscan deducción acelerada de inversiones. 
- Tienen interés en impulsar educación dual en colaboración con instituciones educativas. 
- Desean desarrollar innovación tecnológica protegible (patentes/modelos de utilidad). 
- Están en vías de obtener certificaciones clave para su cadena de suministro. 
¿Enfrentas un procedimiento oficial en Anexo 24? Respalda tu defensa con expertos
Cuando la autoridad pone a prueba tu cumplimiento en Comercio Exterior, cada detalle cuenta. Nuestro servicio de Peritaje Especializado en Anexo 24 proporciona la tranquilidad y la certeza que necesitas en procedimientos legales o acuerdos conclusivos ante PRODECON.
✅ Opinión técnica especializada que avala y respalda tu cumplimiento.
✅ Garantía y certeza durante procedimientos ante la autoridad.
✅ Respaldo contundente basado en evidencia técnica, legal y normativa.
✅ Soluciones estratégicas para resultados de alto impacto.
 
 
 
 
 
 
 
 
    
  
  
     
                         
             
            