Se expiden los lineamientos del Consejo Aduanero
El pasado 31 de marzo de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se expiden los Lineamientos a que se refiere el artículo 159 Bis de la Ley Aduanera”, mediante el cual se formaliza la operación del Consejo Aduanero como órgano clave en la toma de decisiones en materia de autorizaciones y concesiones aduaneras.
Contexto normativo
Es importante destacar que el artículo 159 Bis de la Ley Aduanera fue incorporado mediante su reciente reforma publicada el 19 de noviembre de 2025, entrando en vigor el 1° de enero de 2026.
Dicho artículo crea el Consejo Aduanero como un órgano colegiado encargado de conocer y resolver sobre actos relevantes en materia aduanera, estableciendo además que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público debía emitir los Lineamientos correspondientes dentro de un plazo de 90 días naturales.
Con la publicación del 31 de marzo de 2026, se da cumplimiento a dicha obligación normativa y se activa formalmente su operatividad.
¿Qué establece el artículo 159 Bis?
El artículo 159 Bis dispone que el Consejo Aduanero tendrá competencia para:
• Resolver sobre el otorgamiento, suspensión, cancelación y extinción de la patente de agente aduanal.
• Determinar la inhabilitación de agentes aduanales.
• Resolver sobre la autorización, inhabilitación y cancelación de agencias aduanales, así como sus prórrogas.
• Conocer y resolver sobre autorizaciones y concesiones previstas en la Ley Aduanera.
• Solicitar el inicio de procedimientos a la autoridad cuando corresponda (suspensión, cancelación, etc.).
Asimismo, establece que:
El Consejo es un órgano colegiado con voz y voto, integrado por:
o Secretaría de Hacienda y Crédito Público (quien lo preside).
o Servicio de Administración Tributaria.
o Agencia Nacional de Aduanas de México.
o Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
• Sus resoluciones se emiten mediante procedimientos colegiados, con posibilidad de voto de calidad en caso de empate.
• Las autoridades deberán someter previamente al Consejo los proyectos de resolución correspondientes.
Alcance de los Lineamientos publicados
Los Lineamientos establecen el procedimiento formal bajo el cual las autoridades aduaneras deberán someter los asuntos al Consejo, incluyendo:
• Autorizaciones, concesiones y permisos en materia aduanera.
• Recintos fiscalizados y estratégicos.
• Servicios logísticos (manejo, almacenaje, custodia, carga y descarga).
• Prevalidación electrónica de pedimentos.
• Empresas de mensajería y paquetería.
• Depósitos fiscales, incluyendo sector automotriz.
• Operaciones por medios no convencionales (ductos, cables, etc.).
Asimismo, se confirma que cualquier prórroga, renovación, suspensión o cancelación también deberá seguir este esquema.
Implicaciones para las empresas
Desde una perspectiva jurídico-aduanera, este cambio implica:
Mayor institucionalización de decisiones
Se centralizan resoluciones clave en un órgano colegiado, reduciendo la discrecionalidad individual.
Mayor rigor en el cumplimiento
Las autoridades deberán validar previamente el cumplimiento normativo antes de someter los casos.
Impacto en tiempos y estrategia regulatoria
Los procesos de autorización, renovación o modificación podrían requerir mayor planeación.
Fortalecimiento del enfoque documental
Se vuelve indispensable contar con expedientes completos, trazables y técnicamente sólidos.
Recomendación
Se recomienda a empresas IMMEX, operadores logísticos y usuarios de comercio exterior:
• Revisar su estatus de autorizaciones y concesiones.
• Fortalecer su cumplimiento documental.
• Anticipar impactos en procesos regulatorios.
• Preparar estrategias para renovaciones y trámites futuros.
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