Aviso de Modificación OEA en VUCEM
Las empresas certificadas en el esquema de Operador Económico Autorizado (OEA) no solo gozan de beneficios fiscales, aduanales y logísticos, sino que también adquieren una serie de obligaciones que deben cumplirse durante toda la vigencia de su certificación. Entre estas obligaciones se encuentra el deber de informar a la autoridad sobre cualquier cambio que afecte las condiciones bajo las cuales fue otorgada dicha certificación.
Con base en la publicación del 30 de diciembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación y en cumplimiento de la Regla 7.2.1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2025, se establece que las empresas deben notificar oportunamente cualquier modificación relevante relacionada con su certificación.
En este contexto, el pasado mes de mayo, la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana (VUCEM) habilitó un nuevo botón denominado “Aviso de modificación OEA”. Este botón aparece al ingresar a la solicitud de certificación previamente aprobada, o bien, a la más reciente solicitud de renovación.
Al hacer clic, se despliega el listado de opciones correspondientes a los distintos tipos de aviso que pueden presentarse en el marco de la certificación en la modalidad OEA:
Aviso cuando varíe o cambie la situación respecto del documento con el que se haya acreditado el legal uso y goce del inmueble o inmuebles.
Aviso de fusión o escisión.
Aviso para solventar las observaciones que deriven de cualquier inspección de supervisión de cumplimiento.
Aviso relacionado a incidentes de seguridad.
Aviso cuando las circunstancias por las cuales se les otorgó el registro hayan variado.
Aviso de adición o revocación de empresas transportistas.
Aviso de los cambios que se presenten en el sistema corporativo y en el SECIIT.
Aviso de alta o baja de tercerización (servicios de gestión aduanera, almacenaje, traslado y/o distribución de mercancías de comercio exterior).
Aviso de baja del tercero que tiene expirado o cancelado su Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.
Presentación de pago de derechos anual.
Es importante recordar que la presentación de estos avisos debe realizarse conforme a lo establecido en la ficha de trámite 62/LA “Avisos relacionados con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas”, incluida en el Anexo 2 de las RGCE.
Cumplir con estas obligaciones no solo es esencial para mantener la validez de la certificación OEA, sino que también refuerza la posición de la empresa como un socio confiable en la cadena logística internacional.
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