Importaciones de Microalambre para Soldar

La Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 03 de marzo la Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio del procedimiento administrativo de revisión de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de microalambre para soldar originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

 

Aspectos Relevantes de la Resolución

  • Productos Sujetos a Revisión: Microalambre para soldar clasificado en las fracciones arancelarias 7229.20.01, 7229.90.99 y 8311.90.01 de la TIGIE, o cualquier otra que ampare este producto.

  • Periodo de Revisión: Del 1 de agosto de 2023 al 31 de julio de 2024.

  • Vigencia de la Cuota Compensatoria: La cuota compensatoria del 18.97% ad valorem permanecerá vigente mientras se lleva a cabo el procedimiento de revisión.

  • Participación en el Procedimiento: Los productores nacionales, importadores, exportadores, personas morales extranjeras o cualquier interesado con un interés jurídico podrán participar.

 

Plazos para la Presentación de Argumentos y Pruebas:

    • 23 días hábiles para acreditar interés jurídico y presentar la respuesta a los formularios, así como los argumentos y pruebas.

    • Para las personas y el Gobierno de China, el plazo comenzará cinco días hábiles después del envío del oficio de notificación.

    • Para los demás interesados, el plazo comenzará cinco días hábiles después de la publicación en el DOF.

 

Forma de Presentación de la Información:

    • Vía electrónica al correo upci@economia.gob.mx (de 9:00 a 18:00 horas).

    • De forma física en las oficinas de la Secretaría de Economía (de 9:00 a 14:00 horas) en Calle Pachuca n.úm. 189, Colonia Condesa, Cuauhtémoc, Ciudad de México, C.P. 06140.

 

Disponibilidad de Formularios: Los formularios para participar en el procedimiento están disponibles en el portal oficial de la Secretaría de Economía: Portal Oficial

 

Recomendaciones

  • Monitorear el Procedimiento: Es fundamental dar seguimiento al desarrollo del procedimiento de revisión para evaluar su posible impacto en las operaciones de comercio exterior.

  • Documentar la Información: Se recomienda conservar evidencia documental que respalde las operaciones de importación y estar preparados para presentar pruebas que acrediten su interés jurídico.

  • Atender los Plazos: Es importante cumplir con los plazos establecidos para la presentación de información y documentos ante la Secretaría de Economía para garantizar la defensa de los intereses comerciales.

 

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