Investigación antidumping a recubrimientos cerámicos para piso y muro

El pasado de 13 de agosto, la Secretaría de Economía, a través de la UPCI, aceptó la solicitud presentada por parte interesada y declaró el inicio del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de recubrimientos cerámicos para piso y muro, incluidas las definitivas y temporales, originarias de la República de la India, independientemente del país de procedencia, que ingresan por las fracciones arancelarias 6907.21.02, 6907.22.02 y 6907.23.02 de la TIGIE o por cualquier otra.

 

Detalles de la Resolución

  • Producto investigado: Recubrimientos cerámicos para piso y muro.

  • Origen: República de la India, sin importar país de procedencia.

  • Fracciones arancelarias principales: 6907.21.02, 6907.22.02, 6907.23.02 TIGIE (u otras aplicables).

  • Periodo investigado: 1 de enero a 31 de diciembre de 2024.

  • Periodo de análisis de daño: 1 de enero de 2022 a 31 de diciembre de 2024.

  • Posible aplicación retroactiva: La Secretaría podrá imponer cuotas compensatorias definitivas, en su caso, sobre productos declarados a consumo hasta 90 días antes de la fecha de aplicación de medidas provisionales, conforme al artículo 10.6 del Acuerdo Antidumping y 65 A de la LCE.

 

Participación de las partes interesadas

  • Plazo para acreditar interés jurídico y presentar respuesta a formularios: 23 días hábiles.

  • Inicio del plazo:

    • Para las personas y el Gobierno de India señalados en el punto 25 de la Resolución: 5 días después del envío del oficio de notificación.

    • Para los demás interesados: 5 días después de la publicación en el DOF (13/08/2025).

  • Forma de presentación:

    • Vía electrónica: upci@economia.gob.mx (de 09:00 a 18:00 hrs).

    • Física: Calle Pachuca 189, Col. Condesa, Cuauhtémoc, CDMX, C.P. 06140 (de 09:00 a 14:00 hrs).

  • Formularios disponibles en:

 

Entrada en vigor

La Resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el DOF, es decir, el 14 de agosto de 2025.

 

Recomendaciones para importadores y distribuidores:

  • Revisar operaciones vigentes y futuras de importación de recubrimientos cerámicos de origen indio.

  • Reunir documentación y pruebas para acreditar interés jurídico y participar en el procedimiento.

  • Considerar posibles impactos financieros por la eventual imposición de cuotas compensatorias retroactivas.


 

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