México impone cuotas compensatorias definitivas al cartoncillo originario de China

El pasado 8 de julio, la Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de cartoncillo originarias de la República Popular China, concluyendo que dichas mercancías ingresaron al mercado mexicano en condiciones de discriminación de precios, por lo que determinó imponer cuotas compensatorias definitivas.

La medida aplica a las importaciones de cartoncillo originarias de China, independientemente del país de procedencia, incluidas las operaciones definitivas y temporales, clasificadas en las fracciones arancelarias 4810.13.07, 4810.29.99, 4810.32.01, 4810.39.99, 4810.92.01 y 4810.99.99 de la TIGIE, así como aquellas que ingresen por cualquier otra clasificación arancelaria que corresponda al producto investigado.

Cuotas compensatorias definitivas

Las cuotas determinadas por la autoridad son las siguientes:

Aspectos relevantes

• La Secretaría de Hacienda y Crédito Público será la autoridad encargada de aplicar las cuotas compensatorias en todo el territorio nacional.

• Los importadores no estarán obligados al pago de la cuota compensatoria cuando acrediten que el país de origen de la mercancía es distinto de China, conforme a las reglas de origen no preferenciales vigentes.

• La resolución fue comunicada a la ANAM y al SAT para los efectos legales correspondientes.

• La medida entrará en vigor el 9 de julio de 2026, es decir, al día siguiente de su publicación en el DOF.

Impacto para las empresas

Las empresas que importen cartoncillo clasificado en las fracciones arancelarias señaladas deberán:

• Verificar si sus operaciones se encuentran dentro del alcance de la resolución.

• Confirmar el productor y exportador de la mercancía para identificar la cuota aplicable.

• Contar con la documentación que acredite el origen cuando la mercancía no sea originaria de China, a fin de evitar el pago de la cuota compensatoria.

• Evaluar el impacto económico de esta medida en sus costos de importación y en sus cadenas de suministro.

En AudiCo recomendamos revisar oportunamente las operaciones de importación de cartoncillo y validar la documentación de origen de las mercancías para asegurar el correcto cumplimiento de esta resolución y evitar contingencias en el despacho aduanero.


 

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