Prórroga del Aviso Automático de Exportación (AAE) y Exclusión de Fracciones Arancelarias
La Secretaría de Economía, mediante el Oficio No. 516.2025.2089 con fecha del 20 de junio de 2025, ha emitido una prórroga y exclusión de ciertas fracciones arancelarias relacionadas con el Aviso Automático de Exportación (AAE). A continuación, se detallan los aspectos clave de esta resolución.
Prórroga de la Aplicabilidad del Acuerdo AAE
La aplicación del Acuerdo de Aviso Automático de Exportación se extiende hasta el 11 de agosto de 2025. Esta nueva prórroga ofrece a los exportadores un plazo adicional para cumplir con los requisitos establecidos. Cabe recordar que la entrada en vigor del acuerdo, originalmente fijada para el 4 de junio de 2025, ya había sido prorrogada hasta el 7 de julio de 2025. Con esta nueva extensión, las empresas tendrán más tiempo para ajustar sus procesos y procedimientos de manera adecuada.
Recepción de Solicitudes
Las solicitudes de AAE se comenzarán a recibir a partir del 28 de julio de 2025. Es importante resaltar que no se tomarán en cuenta aquellas solicitudes que sean enviadas antes de esta fecha.
Exclusión de Fracciones Arancelarias
Se ha decidido excluir del requisito de Aviso Automático de Exportación una serie de fracciones arancelarias, que están detalladas en el Anexo Único del oficio. Entre las fracciones excluidas se encuentran productos como cerveza de malta, tequila, autopartes, componentes electrónicos, y máquinas automáticas para procesamiento de datos.
Fracciones Arancelarias sujetas a AAE
Las siguientes fracciones arancelarias no han sido excluidas de la obligación de presentar el Aviso Automático de Exportación (AAE) y permanecen sujetas a su cumplimiento:
8411.12.01: De empuje superior a 25 kN
8414.80.99: Los demás
8503.00.99: Las demás
8504.23.01: De potencia superior a 10,000 kVA
8544.70.01: Cables de fibras ópticas
Por lo tanto, los exportadores de estas mercancías deben seguir los procedimientos establecidos para solicitar el AAE correspondiente.
Formalización del Oficio
Este oficio será formalizado próximamente mediante su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Mientras tanto, la resolución ya está disponible para su conocimiento y aplicación por parte de los usuarios de comercio exterior y las autoridades involucradas.
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