Reino Unido se incorpora a los cupos de importación del CPTPP para productos lácteos y agroindustriales
El 22 de junio de 2026 se publicó en el DOF el Acuerdo que modifica el diverso por el que se dan a conocer los cupos de importación descritos en el Apéndice A-1 “Contingentes Arancelarios de México” del Anexo 2-D “Compromisos Arancelarios” del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (TIPAT, por sus siglas en español; CPTPP, por sus siglas en inglés).
La modificación tiene como finalidad incorporar al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte dentro de los países elegibles para acceder a los cupos de importación administrados por México, como parte del proceso de adhesión del Reino Unido al CPTPP.
¿Qué cambia?
Se reforman las fracciones I y II del numeral 1.1 del Acuerdo de cupos publicado originalmente el 30 de noviembre de 2018, para incluir expresamente al Reino Unido dentro de los países cuyas mercancías originarias podrán beneficiarse de los contingentes arancelarios previstos en el CPTPP.
Con esta modificación, las mercancías originarias del Reino Unido que cumplan con las reglas de origen del Tratado podrán acceder a los mismos mecanismos de administración de cupos aplicables a los demás miembros participantes.
Mercancías involucradas
Los cupos contemplados en el CPTPP para México incluyen, entre otros productos:
• Leche y nata (crema).
• Leche en polvo.
• Leche evaporada y condensada.
• Productos lácteos diversos.
• Mantequilla.
• Quesos.
• Preparaciones alimenticias a base de lácteos.
• Aceite de palma.
• Aceite de almendra (hueso) de palma.
Contexto de la adhesión del Reino Unido
• El Reino Unido suscribió su Protocolo de Adhesión al CPTPP el 16 de julio de 2023.
• El Senado mexicano aprobó dicho Protocolo el 10 de diciembre de 2025.
• México aún debe concluir el proceso formal de notificación a Nueva Zelanda (depositario del Tratado) para que el Protocolo entre en vigor para nuestro país.
• La actualización del Acuerdo de cupos se realiza de manera anticipada para que el marco regulatorio mexicano esté listo una vez que la adhesión del Reino Unido surta efectos para México.
Implicaciones para las empresas
Importadores de productos agroalimentarios y lácteos deberán considerar la futura disponibilidad de cupos preferenciales para mercancías originarias del Reino Unido.
Empresas con cadenas de suministro en Reino Unido podrán evaluar oportunidades de abastecimiento bajo condiciones arancelarias preferenciales una vez que el Protocolo entre en vigor para México.
Será indispensable verificar el cumplimiento de las reglas de origen del CPTPP para acceder a los beneficios de los contingentes arancelarios.
Recomendación AudiCo
Las empresas importadoras de productos lácteos, agroindustriales y alimenticios deben dar seguimiento a la publicación oficial que confirme la entrada en vigor del Protocolo de Adhesión del Reino Unido para México, así como revisar sus estrategias de abastecimiento internacional para identificar oportunidades de aprovechamiento de los cupos preferenciales contemplados en el CPTPP.
Esta publicación forma parte de una serie de cambios regulatorios derivados de la entrada en vigor para México del Protocolo de Adhesión del Reino Unido al CPTPP.
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