Lo más relevante de las RGCE para 2025
El pasado 30 de diciembre se dieron a conocer las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2025 y su Anexo 13 por medio del Diario Oficial de la Federación (DOF) en su edición matutina, en la cual se abordaron cambios en el marco normativo de Comercio Exterior. A continuación, te detallamos los cambios más significativos:
1. Cambios Generales y Actualizaciones de Formatos
1.1. Modificación de Formatos y Modelos de Comercio Exterior (Anexo 1):
- La Regla 1.1.10 sobre consulta de información y solicitud de copias certificadas de pedimentos actualiza la nomenclatura de los formatos utilizados, quedando de la siguiente manera: 
1.2. Actualización de Fichas de Trámite (Anexo 2):
- Diversas fichas han sido renumeradas para alinearse con las nuevas disposiciones. Ejemplo: 
2. Empresas de Mensajería y Paquetería
2.1. Registro y Obligaciones (Regla 3.7.2 y 3.7.4):
- Se amplían las notificaciones a la DGIA y AGACE. 
- Las empresas deben proporcionar acceso en línea a su sistema de análisis de riesgo, notificando cambios semestralmente o al modificarse la información. 
- Se ajusta el nombre de la ficha 125/LA, que ahora es: "Aviso para presentar la relación detallada de las operaciones realizadas a través del procedimiento simplificado". 
De acuerdo con los transitorios de la Resolución, las empresas de mensajería y paquetería tendrán hasta el 31 de enero de 2025 para entregar un escrito que contenga toda la información requerida, permitiendo a la autoridad aduanera el acceso en línea a su sistema de análisis de riesgo.
2.2. Procedimiento Simplificado (Regla 3.7.5):
- Las empresas podrán utilizar este procedimiento siempre que: 
- El valor en aduana no supere los $2,500 USD (importaciones). 
- Los destinatarios no estén obligados a inscribirse al Padrón de Importadores si el valor es inferior a $1,000 USD. 
- Se prohíbe el uso del procedimiento simplificado en casos de restricciones, prohibiciones o cuando el despacho requiera una aduana específica. 
2.3 Causales de cancelación del registro de Empresas de mensajería y paquetería (Regla 3.7.34)
- Las empresas deben realizar al menos cinco despachos aduaneros bajo el procedimiento simplificado. 
- Este criterio se evalúa mensualmente durante los últimos seis meses. 
2.4. Determinación de Contribuciones (Regla 3.7.35):
- Se elimina la tasa global del 20%. 
- Se aplica una tasa del 19% para mercancías que no excedan los $2,500 USD. 
3. Cambios en Recintos Fiscalizados Estratégicos (RFE)
3.1. Lineamientos Actualizados sobre Temporalidades (Regla 4.8.2):
- Las mercancías clasificadas en los capítulos 50 al 64 de la TIGIE podrán permanecer únicamente en el RFE por un máximo de tres meses para manejo, almacenaje y custodia. 
3.2. Pedimentos de Introducción (Reglas 2.3.4 y 4.8.5):
- Anteriormente, la Regla 2.3.4 excluía el requisito de informar el arribo cuando el recinto colinda con recintos fiscales, fiscalizados o portuarios, para aduanas marítimas, fronterizas, ferroviarias o aéreas. Se elimina la excepción; ahora todas las mercancías deben ser informadas a través del Sistema Electrónico Aduanero (SEA). 
- Amplía el título a "Lineamientos de Infraestructura, Control, Vigilancia y Seguridad, así como Recomendaciones Tecnológicas respecto a las Cámaras de Circuito Cerrado de Televisión, Instalaciones y Sistemas", ahora consultables en el Portal de la ANAM (anteriormente en el Portal del SAT). 
- En la Regla 4.8.5 se establece la obligación de incluir información detallada como la fracción arancelaria, NICO, descripción, unidad de medida, origen y valor de las mercancías al tramitar los pedimentos de introducción al RFE. 
4. Donación de Mercancías Importadas Temporalmente
4.1. Regla Adicionada (3.3.18):
- Los contribuyentes podrán solicitar autorización para donar mercancías importadas temporalmente al Fisco Federal, siempre que estas estén legalmente en el país. 
- Este procedimiento se realizará mediante la ficha de trámite 64/LA. 
5. Se Actualizan las Fichas de Trámites (Anexo 2) para Empresas Certificadas (RECE)
6. Multas Y Cantidades Actualizadas (Anexo 13)
6.1 Se actualizan las multas y cantidades actualizadas que establece la ley aduanera y su reglamento, vigentes a partir del 1 de enero de 2025
Recomendaciones Generales para Cumplimiento
I. Monitoreo Activo: Consulta constantemente los portales del SAT y la ANAM para obtener lineamientos actualizados.
II. Capacitación: Capacita a tu equipo en los cambios clave de las RGCE 2025.
III. Evaluación de Impacto: Revisa los procesos internos para identificar ajustes necesarios ante las nuevas disposiciones.
IV. Asesoría Especializada: Si tienes dudas o requieres apoyo, nuestro equipo está disponible para orientarte.
 
 
 
 
 
 
 
 
    
  
  
     
                         
             
             
             
             
            