SAT publica la Segunda Versión Anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a las RGCE para 2026

El pasado 4 de junio de 2026, el SAT publicó en su portal la Segunda Versión Anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026, mediante la cual se realizan ajustes a diversas reglas relacionadas con trámites aduaneros, el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas (RECE) y el Anexo 2 de Trámites de Comercio Exterior.

Entre los cambios más relevantes destacan los siguientes:

Ajustes en trámites y fichas del Anexo 2

a)     Suspensión para operar en el SEA por declaración inexacta del NICO

Regla 1.4.12

Se actualiza la redacción para precisar que el trámite para dejar sin efectos la suspensión para operar en el Sistema Electrónico Aduanero (SEA) constituye una solicitud y no un aviso, homologando su denominación con la ficha de trámite 20/LA.

 

b)     Donación de mercancías en depósito fiscal

Regla 4.5.15

Se modifica la referencia a la ficha 109/LA, precisando que corresponde a una Solicitud de autorización de donación de mercancía a favor del Fisco Federal, en lugar de un aviso.


c)     Aviso por no arribo de mercancías

Regla 4.5.33, fracción III

Se realizan ajustes de redacción para precisar el supuesto en el que las autoridades aduaneras determinen que no se acredita el caso fortuito o fuerza mayor respecto al no arribo de mercancías y se elimina la referencia de que el aviso se tenga por no presentado.

 

Cambios para empresas certificadas OEA y RECE

d)     Comercializadora e Importadora u Operador Económico Autorizado

Regla 7.1.4

Se incorporan nuevas etapas dentro del procedimiento de atención de incumplimientos detectados durante las visitas de inspección:

·        La empresa deberá informar a la AGACE la solventación de los incumplimientos detectados.

·        El aviso deberá presentarse dentro de los 20 días siguientes a la fecha en que los incumplimientos hayan sido corregidos.

·        Cuando la información o documentación presentada sea incompleta o presente inconsistencias, la autoridad podrá emitir un requerimiento.

·        Se establece un plazo de 20 días para atender dichas inconsistencias.

e)     Socio Comercial Certificado

Regla 7.1.5

Se incorporan las mismas obligaciones previstas para la regla 7.1.4, estableciendo:

·        Obligación de informar la solventación de incumplimientos.

·        Plazo de 20 días para comunicar dicha solventación.

·        Facultad de la autoridad para requerir información complementaria.

·        Plazo de 20 días para atender requerimientos.

 

f)       Obligaciones en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas

Regla 7.2.1

La regla mantiene la obligación de informar a la AGACE la solventación de observaciones derivadas de inspecciones de supervisión de cumplimiento o revisiones posteriores a la obtención del registro, armonizando dicha obligación con los nuevos procedimientos incorporados en las reglas 7.1.4 y 7.1.5.

 

g)     Modificaciones al Anexo 2 “Trámites de Comercio Exterior para 2026”

Se da a conocer la Primera Modificación al Anexo 2, realizando ajustes a diversas fichas de trámite, entre las que destacan:

Recomendación AudiCo

Mantener informado al equipo de Comercio Exterior sobre estos ajustes. Principalmente, para aquellas empresas que cuenten con certificaciones OEA o que se encuentren en proceso de obtención del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas deberán revisar los procedimientos de atención y seguimiento de observaciones, particularmente los plazos para informar la solventación de incumplimientos y atender requerimientos de la autoridad.


 

¿Tu empresa cumple al 100% con los requisitos y obligaciones de su Certificación OEA?

En AudiCo realizamos una auditoría integral del 100% de los requisitos y obligaciones de la Certificación OEA, identificando, multas y sanciones potenciales y ofreciéndote soluciones efectivas para eliminarlos o reducirlos al mínimo.

✅ Evaluamos el nivel de riesgo.

✅ Detectamos las multas potenciales y áreas de riesgo.

✅ Te entregamos las soluciones para disminución o eliminación de las áreas de riesgo para fortalecer tu operación y evitar sanciones y multas.

 
Siguiente
Siguiente

SE prorroga Cuotas Compensatorias a Fregaderos de Acero Inoxidable Originarios de China