Segunda Resolución de Modificaciones a las RGCE 2025 y Resolución del Anexo 5 (SHCP)

El 12 de mayo de 2025 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) dos disposiciones clave que refuerzan el mecanismo de fiscalización en operaciones de importación definitiva de mercancías sujetas a precios estimados, particularmente en los sectores de muebles y aparatos de alumbrado.

Estas disposiciones forman parte de la estrategia del Gobierno de México para combatir la subvaluación y fortalecer la recaudación tributaria, alineadas con el Plan Nacional de Desarrollo 2025–2030.

 

Modificaciones Publicadas

1. Segunda Resolución de Modificaciones a las RGCE para 2025 y su Anexo 22

  • Se actualizó el Apéndice 8 de Identificadores del pedimento.

  • Se incorporaron nuevas claves para identificar exenciones (EX) o aplicación de cuenta aduanera de garantía (GA) según los Anexos 2, 3, 4 y 5 de precios estimados.

Consultar Publicación Oficial

2. Resolución que da a conocer el Anexo 5 de la Resolución de Precios Estimados

  • Se publican los precios estimados aplicables a productos clasificados en los capítulos 94.01 a 94.05, abarcando:

    • Sillones, sillas, mesas, muebles para oficina y dormitorio, estaciones de trabajo, muebles de plástico y madera.

    • Colchonetas, somieres, lámparas LED, luminarias y sus partes.

Listado de Fracciones - Muebles y Aparatos de Alumbrado

 

Obligaciones para Importadores

A partir del 13 de mayo de 2025:

  1. Valor declarado obligatorio:

    El valor en aduana deberá estar alineado con los precios estimados del Anexo 5.

  2. Constitución de garantía:

    Si se declara un valor inferior al precio estimado, el importador deberá presentar una cuenta aduanera de garantía por la diferencia en contribuciones, conforme al artículo 86-A de la Ley Aduanera y la regla 1.6.29 de las RGCE vigentes.

  3. Identificadores en pedimento:

    • Se deberá declarar el identificador EX si la operación se encuentra exenta.

    • Se utilizará el identificador GA si aplica la obligación de presentar la garantía.

 

Publicaciones próximas de precios estimados

Como parte del calendario de actualización del mecanismo, la SHCP anunció que se publicarán nuevos precios estimados para los siguientes sectores:

Recomendación AudiCo

Si tu empresa importa productos clasificados en los capítulos 94.01 a 94.05, es indispensable revisar:

  • La fracción arancelaria y el NICO correspondiente.

  • Si el valor declarado supera el precio estimado.

  • La aplicación correcta de los identificadores EX o GA.

  • La integración de la cuenta aduanera de garantía cuando aplique.

Evita omisiones que puedan derivar en rechazos de pedimentos, suspensión de operaciones o auditorías por parte de la autoridad. 

 

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