Cuarta Resolución de Modificaciones a las RGCE 2025
El pasado 28 de julio de 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en el Diario Oficial de la Federación la Cuarta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025, la cual introduce ajustes relevantes a la Regla 3.7.35, que regula la determinación de contribuciones en operaciones de importación a través del procedimiento simplificado utilizado por empresas de mensajería y paquetería.
Modificaciones clave a la Regla 3.7.35 (vigencia a partir del 15 de agosto de 2025):
Se reforma la fracción I:
La tasa global aplicable a las mercancías importadas bajo este esquema aumenta del 19% al 33.5%.
Se adiciona el inciso c) a la fracción III:
Se establece un nuevo tratamiento para mercancías cuyo valor en aduana exceda los 117 dólares estadounidenses.
A dichas mercancías se les aplicará una tasa global del 19%, siempre que:
Estén amparadas con guía aérea o conocimiento de embarque, y
No estén sujetas al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias (RRNA).
No se modifican las fracciones II ni el inciso b) de la fracción III:
Se mantiene el tratamiento preferencial del 17% para mercancías con valor de más de 50 y hasta 117 USD, bajo T-MEC, siempre que cumplan con los requisitos ya establecidos.
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