Extensión temporal de la medida arancelaria del 30% EE.UU. - México
En seguimiento a los recientes acontecimientos en materia de política comercial bilateral, hacemos de su conocimiento que el mandatario de los Estados Unidos de América, Donald J. Trump, publicó el día de hoy una declaración oficial en la red Truth Social, en la cual informa sobre una conversación sostenida con la presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, Claudia Sheinbaum, y los compromisos alcanzados en materia arancelaria y regulatoria.
Alcances jurídicos y compromisos asumidos:
Con base en lo anterior, se desprenden los siguientes compromisos asumidos por el Gobierno de México:
Eliminación inmediata de barreras no arancelarias a mercancías de origen estadounidense.
Continuidad del pago de aranceles preferenciales en los siguientes términos:
25% IEEPA-Fentanilo
25% de arancel a vehículos y autopartes.
50% de arancel a productos de acero, aluminio y cobre.
Plazo de 90 días naturales para negociar un acuerdo definitivo que incluya temas de seguridad fronteriza, migración y cooperación antidrogas.
Revisión del acceso y transparencia de programas industriales mexicanos, tales como el régimen IMMEX.
Consideraciones estratégicas para empresas IMMEX y exportadoras:
Esta medida representa una prórroga condicionada bajo criterios de supervisión política y comercial. En consecuencia, recomendamos a las empresas bajo programas de fomento:
Analizar el impacto financiero de la extensión arancelaria, especialmente en industrias de acero, aluminio, automotriz y químico-farmacéutica.
Revisar sus esquemas de origen y reglas de acumulación bajo tratados vigentes, en particular T-MEC.
Reforzar el cumplimiento en temas de trazabilidad, etiquetado, certificados sanitarios y barreras técnicas, dada la eliminación exigida de barreras no arancelarias por parte de México.
Mantener una trazabilidad documental robusta para amparar el uso de beneficios fiscales, certificados de origen y esquemas de devolución (drawback, PROSEC, etc.).
Establecer una ruta de evaluación legal preventiva ante cambios abruptos en la política aduanera o ajustes contractuales con clientes estadounidenses.
Conclusión:
Nos encontramos ante un entorno regulatorio volátil que exige preparación jurídica, fiscal y aduanera. Este periodo de 90 días debe ser aprovechado por los sectores productivos para blindar sus operaciones y fortalecer sus cadenas de suministro, anticipando posibles cambios definitivos en el régimen comercial bilateral.
Quedamos a su disposición para realizar un diagnóstico especializado de sus operaciones y asesorarlos en el cumplimiento de los compromisos regulatorios y aduaneros aplicables.
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