Aviso de Cancelación de Programas IMMEX

El pasado 30 de septiembre de 2025, la Secretaría de Economía, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), dio a conocer el aviso por el que se dan a conocer los nombres de los titulares y números de Programas de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación cancelados.

 

Antecedentes normativos

Con fundamento en los artículos 25, 29 y 30 del Decreto IMMEX, la Secretaría de Economía se encuentra facultada para suspender y, en su caso, cancelar los Programas IMMEX cuyos titulares incumplan:

  • La presentación del reporte anual de operaciones y exportaciones (ejercicio fiscal inmediato anterior).

  • Los requisitos del artículo 11, fracción III: contar con e.firma vigente, RFC activo, domicilios inscritos y activos en el RFC, no encontrarse en los listados 69 y 69-B del CFF, y mantener opinión positiva vigente.

 

Cronología del procedimiento

  • 30 de junio de 2025: Publicación de Aviso de suspensión por omisión en la presentación del reporte anual 2024.

  • 31 de agosto de 2025: Fecha límite otorgada para subsanar la omisión.

  • 1 de septiembre de 2025: Cancelación definitiva para quienes no acreditaron cumplimiento.

  • 30 de septiembre de 2025: Publicación en el DOF de los nombres y números de programas cancelados.

 

Efectos de la cancelación

  • Pérdida inmediata de la autorización para importar temporalmente mercancías al amparo del Programa.

  • Obligación de regularizar mercancías bajo las modalidades previstas en la LIGIE y disposiciones fiscales:

    • Retorno al extranjero.

    • Cambio de régimen a definitivo.

  • Requerimiento de conciliación integral de Anexo 24 y 30 y del control de activo fijo.

  • Posible determinación de créditos fiscales, multas y actualizaciones en caso de incumplimiento.

 

Acciones recomendadas para titulares cancelados.

  1. Formular y ejecutar un Plan de Regularización Aduanera con calendario de retorno o cambio de régimen.

  2. Integrar expediente probatorio con bitácora de acciones y documentación soporte (pedimentos, Anexo 24/30, facturas, contratos).

  3. Analizar alternativas de operación mediante Recinto Fiscalizado Estratégico, importaciones definitivas, esquemas de submaquila, etc.

 

Recomendación preventiva para empresas con IMMEX activo

Se reitera la obligación de presentar en tiempo y forma el reporte anual de operaciones de comercio exterior, así como el reporte INEGI, a su vez, mantener vigentes la e.firma y el RFC, actualizar domicilios, y verificar de manera periódica el estatus fiscal ante el SAT, a efecto de evitar la suspensión o cancelación del Programa.

Consultar publicación oficial

 

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