Aviso de Cancelación de Programas IMMEX
El pasado 30 de septiembre de 2025, la Secretaría de Economía, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), dio a conocer el aviso por el que se dan a conocer los nombres de los titulares y números de Programas de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación cancelados.
Antecedentes normativos
Con fundamento en los artículos 25, 29 y 30 del Decreto IMMEX, la Secretaría de Economía se encuentra facultada para suspender y, en su caso, cancelar los Programas IMMEX cuyos titulares incumplan:
La presentación del reporte anual de operaciones y exportaciones (ejercicio fiscal inmediato anterior).
Los requisitos del artículo 11, fracción III: contar con e.firma vigente, RFC activo, domicilios inscritos y activos en el RFC, no encontrarse en los listados 69 y 69-B del CFF, y mantener opinión positiva vigente.
Cronología del procedimiento
30 de junio de 2025: Publicación de Aviso de suspensión por omisión en la presentación del reporte anual 2024.
31 de agosto de 2025: Fecha límite otorgada para subsanar la omisión.
1 de septiembre de 2025: Cancelación definitiva para quienes no acreditaron cumplimiento.
30 de septiembre de 2025: Publicación en el DOF de los nombres y números de programas cancelados.
Efectos de la cancelación
Pérdida inmediata de la autorización para importar temporalmente mercancías al amparo del Programa.
Obligación de regularizar mercancías bajo las modalidades previstas en la LIGIE y disposiciones fiscales:
Retorno al extranjero.
Cambio de régimen a definitivo.
Requerimiento de conciliación integral de Anexo 24 y 30 y del control de activo fijo.
Posible determinación de créditos fiscales, multas y actualizaciones en caso de incumplimiento.
Acciones recomendadas para titulares cancelados.
Formular y ejecutar un Plan de Regularización Aduanera con calendario de retorno o cambio de régimen.
Integrar expediente probatorio con bitácora de acciones y documentación soporte (pedimentos, Anexo 24/30, facturas, contratos).
Analizar alternativas de operación mediante Recinto Fiscalizado Estratégico, importaciones definitivas, esquemas de submaquila, etc.
Recomendación preventiva para empresas con IMMEX activo
Se reitera la obligación de presentar en tiempo y forma el reporte anual de operaciones de comercio exterior, así como el reporte INEGI, a su vez, mantener vigentes la e.firma y el RFC, actualizar domicilios, y verificar de manera periódica el estatus fiscal ante el SAT, a efecto de evitar la suspensión o cancelación del Programa.
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