EE.UU. extiende vigencia de aranceles recíprocos
Antecedente normativo:
Mediante la Orden Ejecutiva 14257 del 2 de abril de 2025, el Gobierno de los Estados Unidos declaró una emergencia nacional en virtud de la International Emergency Economic Powers Act (IEEPA) y otras disposiciones legales, argumentando que los déficits comerciales persistentes representan una amenaza inusual y extraordinaria a la seguridad nacional y economía del país. Como respuesta, se impusieron derechos ad valorem adicionales a las importaciones provenientes de países con prácticas comerciales no recíprocas.
Posteriormente, mediante la Orden Ejecutiva 14266 del 9 de abril de 2025, se suspendieron temporalmente (por 90 días) los aranceles adicionales para socios comerciales cooperantes, con excepción de la República Popular China, imponiendo en su lugar un arancel general del 10% conforme a lo previsto en la Orden original.
Extensión de medidas hasta el 1° de agosto:
El pasado 7 de julio de 2025, el presidente de los Estados Unidos, Donald J. Trump, emitió una nueva Orden Ejecutiva mediante la cual se extiende la suspensión de los aranceles recíprocos agravados hasta las 12:01 a.m. EDT del 1° de agosto de 2025, argumentando la necesidad de continuar evaluando el estado de las negociaciones bilaterales y el cumplimiento por parte de los países socios.
En términos jurídicos, la medida implica la suspensión temporal de los encabezados 9903.01.43 al 9903.01.62 y del 9903.01.64 al 9903.01.76, así como diversas subdivisiones de la Nota 2 del subcapítulo III, capítulo 99 del HTSUS. La suspensión es aplicable a mercancías ingresadas o retiradas de almacén para consumo a partir del 9 de julio de 2025.
Exclusión de China:
Cabe precisar que la República Popular China no está incluida en esta suspensión, dado que cuenta con un tratamiento particular derivado de la Orden Ejecutiva 14298 del 12 de mayo de 2025, la cual permanece vigente sin modificaciones.
Implementación:
El cumplimiento e implementación de esta medida queda a cargo del Departamento de Comercio, el Departamento de Seguridad Nacional y el Representante Comercial de los Estados Unidos (USTR), en coordinación con otras dependencias y asesores presidenciales.
Se recomienda a las empresas exportadoras con operaciones hacia los EE.UU. mantenerse al tanto de las publicaciones en el Federal Register y monitorear posibles cambios al HTSUS que pudieran impactar arancelariamente sus productos, especialmente en los sectores automotriz, electrónico, metalúrgico, etc.
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