Iniciativa de Reforma a la Ley Aduanera 2027: fortalecimiento del control aduanero y combate a la subvaluación
El 8 de septiembre de 2026, el Ejecutivo Federal presentó ante la Cámara de Diputados una Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Aduanera, con el objetivo de fortalecer los mecanismos de control aduanero, proteger el interés fiscal y combatir prácticas de subvaluación de mercancías.
La propuesta parte de la necesidad de reforzar la verificación del valor declarado en las operaciones de comercio exterior, considerando que la declaración de valores inferiores a los que corresponden conforme a la normativa aplicable puede afectar la recaudación, generar ventajas indebidas y alterar las condiciones de competencia.
Principales modificaciones propuestas
1. Ampliación de facultades de comprobación en materia de valoración aduanera
La iniciativa propone adicionar un párrafo posterior a la fracción XII del artículo 144 de la Ley Aduanera, mediante el cual se establecería que las autoridades aduaneras podrán iniciar de oficio facultades de comprobación cuando detecten que el valor declarado en el pedimento sea inferior al valor de transacción de mercancías idénticas o similares, determinado conforme a los artículos 72 y 73 de la propia Ley Aduanera.
2. Eliminación del umbral del 50% para el embargo precautorio por diferencias de valor
Actualmente, la causal de embargo precautorio relacionada con subvaluación contempla que el valor declarado sea inferior en un 50% o más respecto del valor de transacción de mercancías idénticas o similares.
La iniciativa propone eliminar dicho porcentaje, permitiendo que la autoridad pueda analizar la procedencia del embargo precautorio con base en los elementos objetivos de valoración, sin requerir alcanzar una diferencia mínima determinada.
3. La garantía del artículo 86-A dejaría de impedir el embargo precautorio
La iniciativa plantea modificar el artículo 151, fracción VII, eliminando la referencia a que la garantía otorgada conforme al artículo 86-A sea suficiente para impedir la aplicación del embargo precautorio cuando exista una posible irregularidad relacionada con el valor declarado.
4. Nuevo esquema para sustituir el embargo precautorio
Se propone modificar el artículo 154 de la Ley Aduanera para establecer mecanismos específicos de sustitución del embargo:
• Cuando el valor declarado sea inferior en menos de 20% al valor de transacción de mercancías idénticas o similares, se permitiría solicitar la sustitución mediante depósito en cuentas aduaneras de garantía.
• Cuando la diferencia sea de 20% o más, se contempla la posibilidad de sustituir el embargo mediante depósito en efectivo.
En ambos casos, la solicitud deberá presentarse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del inicio del procedimiento administrativo.
5. Reducción del umbral para presunción de infracción
Se propone reformar el artículo 177, fracción XII, reduciendo de 50% a 20% la diferencia requerida para presumir una infracción relacionada con la declaración de un valor inferior al correspondiente a mercancías idénticas o similares.
Impacto para las empresas importadoras
De aprobarse la iniciativa, las empresas deberán fortalecer sus controles internos relacionados con la determinación del valor en aduana, debido a que diferencias menores podrían adquirir relevancia durante revisiones realizadas por la autoridad.
Será fundamental contar con expedientes sólidos que acrediten de manera enunciativa más no limitativa los siguientes documentos:
• Factura comercial.
• Contratos y órdenes de compra.
• Evidencia de pagos.
• Gastos incrementables considerados.
• Manifestación de Valor Electrónica llenada correctamente y su documentación soporte.
• Información que justifique condiciones comerciales particulares.
La iniciativa reconoce a la Manifestación de Valor Electrónica como un elemento relevante para demostrar el respaldo documental del valor declarado ante la autoridad.
Recomendaciones preventivas
Ante esta posible modificación normativa, recomendamos a las empresas:
• Revisar la metodología utilizada para determinar el valor en aduana.
• Validar que la información declarada en pedimentos sea consistente con la documentación comercial.
• Fortalecer expedientes de operaciones con precios inferiores a referencias de mercado.
• Revisar operaciones con partes relacionadas y condiciones comerciales especiales.
• Dar seguimiento al proceso legislativo, considerando que la iniciativa aún puede sufrir modificaciones durante su análisis en el Congreso de la Unión.
Consideración final
Es importante señalar que actualmente se trata de una iniciativa de reforma, por lo que los cambios propuestos no representan obligaciones vigentes hasta que concluya el proceso legislativo y, en su caso, sean publicados en el Diario Oficial de la Federación.
AudiCo Comercio Exterior continuará monitoreando el avance de esta propuesta y sus posibles implicaciones para las operaciones de comercio exterior.
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