Publicación Oficial de la Reforma a la Ley Aduanera
El 19 de noviembre de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Aduanera, con el objetivo de modificar los procesos aduaneros, actualizar las normativas de seguridad en las operaciones y reforzar el control sobre las mercancías que ingresan y salen del país.
Cambios más relevantes:
Modernización del Sistema Aduanero:
Sistema Electrónico Aduanero: Se fortalecen las facultades de las autoridades aduaneras para gestionar datos y realizar análisis tecnológicos. Las autoridades podrán firmar convenios con la Agencia de Transformación Digital para mejorar la eficiencia operativa.
Recintos Fiscalizados: Los recintos fiscalizados concesionados y autorizados deben implementar tecnologías avanzadas para el control de inventarios, videovigilancia y seguridad. El régimen de Recinto Fiscalizado Estratégico (RFE) introduce nuevas obligaciones de pago y control.
Responsabilidad Aduanera:
Agentes Aduanales: Se amplía la responsabilidad de los agentes aduanales, quienes deberán verificar exhaustivamente los documentos y asegurar el cumplimiento total de las regulaciones, sin posibilidad de exención.
Recintos Fiscalizados y Empresas IMMEX: Se incrementan las sanciones por el incumplimiento de los requisitos aduaneros y se exige a las empresas IMMEX un control más riguroso de sus inventarios temporales.
Nuevo Marco para la Importación Temporal:
Se modifican los plazos para ciertos bienes, como contenedores, aeronaves, vehículos, embarcaciones y equipo ferroviario para su importación temporal. También se han establecido reglas claras sobre las prórrogas, que ahora son posibles bajo ciertas condiciones, y la obligación de localizar las mercancías en los domicilios registrados para evitar el embargo precautorio.
Digitalización y Nuevas Normas:
CFDI 4.0 y Carta Porte: Ahora es obligatorio emitir el CFDI 4.0 y el complemento Carta Porte para legalizar el transporte de mercancías. Estas medidas impulsan la digitalización de los procesos aduaneros, favoreciendo la trazabilidad.
Reforzamiento de Sanciones:
Se incrementan las multas por diversas infracciones, como el incumplimiento de regulaciones, la incorrecta clasificación arancelaria y el manejo de mercancías no permitidas en ciertos regímenes aduaneros. Las sanciones se han elevado hasta un 300% del valor de las mercancías en algunos casos.
Patentes y Agencias Aduanales:
Se introducen nuevos requisitos y procedimientos para la obtención y mantenimiento de patentes de agentes aduanales, incluidos exámenes psicotécnicos y certificaciones trianuales. También se crea el Consejo Aduanero, un órgano colegiado que supervisará la concesión de patentes y la gestión de las agencias aduanales.
Transitorios:
Entrada en vigor: El Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2026, salvo:
Artículo 86-A (modificación): Vigor a partir de un mes después de la entrada en vigor del Decreto.
Artículos 86-A (fracción III), 106, 107 y 145: Vigor a los tres meses de la entrada en vigor.
Convenios de Transformación Digital: Deben suscribirse dentro de los 180 días posteriores a la entrada en vigor.
Plazos de permanencia: Las importaciones previas a la reforma seguirán vigentes con las disposiciones anteriores.
Patentes de Agentes Aduanales: Las patentes y autorizaciones previas tendrán una vigencia de 20 años, prorrogables por un plazo igual.
Erogaciones: Las erogaciones relacionadas con la reforma deberán cubrirse con los presupuestos aprobados.
Reformas al Reglamento: El Ejecutivo Federal reformará el Reglamento de la Ley Aduanera dentro de los 120 días posteriores.
Lineamientos de la SHCP: Emitirá los lineamientos del artículo 159 bis dentro de los 90 díasposteriores.
Garantías mediante carta de crédito: Los sujetos obligados deberán cumplir con las obligaciones de cuentas aduaneras de garantía.
Nota: Es importante señalar que la reforma incluye otros cambios y disposiciones adicionales. En los próximos días, estaremos proporcionando información detallada a través de nuestros canales de comunicación, webinars y demás recursos, con el fin de mantener a todos los interesados debidamente informados sobre los alcances y aplicaciones de esta reforma.
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