SAT amplía nuevamente el periodo de transición para la Manifestación de Valor (MVE)

El 31 de julio de 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su Portal la Tercera Versión Anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a las RGCE para 2026, mediante la cual se amplía el periodo de transición para el cumplimiento de la Manifestación de Valor Electrónica (MVE).

¿Qué cambia?

La facilidad que permitía a los importadores cumplir de manera transitoria con las obligaciones previstas en el artículo 59, fracción III de la Ley Aduanera vencía el 31 de julio de 2026.

Con esta nueva publicación, el plazo se extiende hasta el 30 de septiembre de 2026, otorgando dos meses adicionales para concluir la implementación de los procesos relacionados con la Manifestación de Valor.

Asimismo, se mantiene hasta el 31 de diciembre de 2026 la facilidad para:

  • No transmitir determinados documentos previstos en el artículo 81 del Reglamento de la Ley Aduanera, siempre que sean transmitidos conforme al artículo 36-A de la Ley Aduanera.

  • Transmitir el formato E15 únicamente con los datos generales de los contratos asociados a la Manifestación de Valor.

 

Recomendación AudiCo

Aunque la autoridad concedió una nueva prórroga, ésta debe aprovecharse para concluir la implementación de la MVE, revisar la integración de contratos, expedientes de valoración y procedimientos internos, evitando esperar a la fecha límite para realizar las adecuaciones necesarias.

 

Boletín informativo elaborado con base en la Tercera Versión Anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a las RGCE para 2026, publicada en el Portal del SAT el 31 de julio de 2026.

Consulta la publicación oficial


 

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