La Secretaría de Economía, a través del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE), dio a conocer el Oficio No. 516.2026.3304, de fecha 12 de octubre de 2026, mediante el cual la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE) actualiza los correos electrónicos habilitados para la recepción de trámites, consultas y solicitudes en materia de comercio exterior.
Esta actualización tiene como antecedente el Oficio No. 516.2024.3045, del 15 de noviembre de 2024, mediante el cual se habían comunicado las direcciones electrónicas autorizadas para dichas gestiones.
La medida forma parte de los mecanismos de facilitación administrativa implementados por la Secretaría de Economía para agilizar la atención de trámites mediante el uso de herramientas digitales.
¿Qué trámites contempla la actualización?
El oficio establece las direcciones electrónicas habilitadas para diversos procedimientos administrados por la DGFCCE, entre los que destacan:
Programas de fomento: trámites y consultas relacionados con IMMEX, PROSEC, DRAWBACK y Registro como Empresa de la Frontera.
Normas Oficiales Mexicanas: dictámenes de cumplimiento de NOM de seguridad, transmisión de folios de NOM de etiquetado, avisos de datos inexactos y esquemas simplificados.
Cupos: certificados TPL, información sobre cupos y asignaciones subsecuentes.
Certificados de origen: consultas y solicitudes relacionadas con certificados de origen y certificados emergentes.
Avisos automáticos y permisos previos: operaciones relacionadas con productos siderúrgicos, tomate, azúcar, neumáticos usados, Regla Octava y control de exportaciones.
Atención ciudadana: consultas generales, recursos administrativos, solicitudes sobre Números de Identificación Comercial (NICO) e información publicada en SNICE.
Principales correos electrónicos habilitados
Entre las direcciones señaladas por la autoridad se encuentran las siguientes:
Trámite o consulta Correo electrónico
Documentación de trámites IMMEX/PROSEC dgce.tramitesc@economia.gob.mx
Consultas IMMEX atencion.immex@economia.gob.mx
Consultas PROSEC atencion.prosec@economia.gob.mx
Trámites DRAWBACK dgce.drawback@economia.gob.mx
Registro como Empresa de la Frontera registro.frontera@economia.gob.mx
NOM de seguridad y trámites específicos dgce.nom@economia.gob.mx
Transmisión de folios de NOM de etiquetado noms.etiquetado@economia.gob.mx
Información general de cupos dgce.cupos@economia.gob.mx
Certificados de origen dgce.origen@economia.gob.mx
Avisos automáticos de productos siderúrgicos. avisos.siderurgicos@economia.gob.mx
Registro de Importadores de Productos Siderúrgicos. registro.siderurgicos@economia.gob.mx
Permiso previo de importación de azúcar y preparaciones alimenticias. dgce.azucar@economia.gob.mx
Permisos previos de exportación (control de exportaciones) control.exportaciones@economia.gob.mx
Solicitudes y consultas sobre NICO y nomenclatura arancelaria nueva.ligie@economia.gob.mx
Consultas sobre información publicada en SNICE snice@economia.gob.mx
Atención general y promociones sin correo específico dgfcce.gestion@economia.gob.mx
Nota: El directorio completo se encuentra en las páginas 3 a 9 del oficio e incluye otras direcciones habilitadas para trámites específicos.
Disposiciones relevantes para la presentación de trámites
Además de actualizar el directorio de correos electrónicos, la autoridad establece lineamientos que deberán observar los usuarios al realizar sus gestiones.
1. Presentación conforme a la normativa aplicable
Todos los trámites, consultas y solicitudes deberán realizarse de conformidad con la regla 1.3.5 del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y Criterios de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, así como con las demás disposiciones aplicables. Asimismo, será responsabilidad de los promoventes mantener actualizados sus enlaces y cuentas de correo electrónico designadas.
2. Envío de documentación que exceda los 20 MB
Cuando la documentación exceda en su conjunto el límite de 20 MB, y pueda dividirse en diferentes documentos, podrá remitirse mediante correos electrónicos subsecuentes. Estos deberán identificarse mediante una numeración consecutiva o cronológica, por ejemplo, «1 de 2» y «2 de 2».
Adicionalmente, los archivos adjuntos deberán estar relacionados en el escrito correspondiente, conforme a lo previsto en la regla 1.3.5, inciso g), del Acuerdo de Reglas.
3. Copia obligatoria al correo de seguimiento
Uno de los aspectos más relevantes del oficio es la obligación de marcar copia al correo dgfcce.gestion@economia.gob.mx, independientemente de que exista una dirección electrónica específica para el trámite. Esta disposición tiene como finalidad que los usuarios reciban un folio de seguimiento para sus consultas, trámites o promociones.
4. Identificación del folio en comunicaciones posteriores
Una vez recibido el folio de seguimiento, los usuarios deberán incorporarlo, junto con su nombre, en el apartado de «asunto» de los correos electrónicos posteriores relacionados con la gestión. Esto permitirá identificar y dar continuidad al trámite correspondiente.
5. Consecuencias de no recibir el acuse
La autoridad precisa que será responsabilidad de los usuarios verificar que recibieron el folio de seguimiento o de respuesta correspondiente. Asimismo, establece expresamente que en caso de que la autoridad no reciba ese acuse, el trámite se tendrá por no presentado.
¿Qué deben considerar las empresas?
La actualización resulta relevante para las empresas que realizan trámites ante la Secretaría de Economía, particularmente aquellas que cuentan con programas IMMEX o PROSEC, gestionan permisos previos, cumplen regulaciones no arancelarias o presentan solicitudes relacionadas con sus operaciones de comercio exterior.
Se recomienda revisar y actualizar los directorios internos de contacto, verificar la dirección electrónica correspondiente a cada trámite y establecer controles para conservar los folios de seguimiento y acuses recibidos. Por último, es importante considerar que el envío de documentación a una dirección electrónica habilitada no sustituye la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos aplicables a cada gestión.
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